16/10/23

Las razones para solicitar a la C谩mara de Comptos una auditoria de la gesti贸n econ贸mica y financiera del Ayuntamiento de Yesa

El 13 de septiembre el  Grupo Municipal “Yesa Avanza” present贸 un escrito en el Registro General Electr贸nico: una Moci贸n para ser incluida en la parte resolutiva (en tanto que afecta a la gesti贸n municipal) del Orden del D铆a de la pr贸xima sesi贸n ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Yesa.

ANTECEDENTES

Si prospera esta Moci贸n, no ser铆a la primera vez que el Ayuntamiento de Yesa solicita a la C谩mara de Comptos una auditor铆a de su gesti贸n econ贸mica y financiera. En este sentido y cronol贸gicamente, como actuaciones que anteceden a esta demanda, podemos se帽alar los siguientes hitos temporales:

 1.- El 14/3/2001, la C谩mara de Comptos de Navarra public贸 el informe del Ayuntamiento de Yesa correspondiente al ejercicio de 1999[1] en el que se analiza la ejecuci贸n del presupuesto, el reflejo de la situaci贸n patrimonial, la legalidad y la situaci贸n financiera del municipio.

Seg煤n las conclusiones del informe:

  • el estado de liquidaci贸n del presupuesto refleja razonablemente las operaciones realizadas.
  • La inexistencia de una contabilidad patrimonial impide a la C谩mara de Comptos manifestarse sobre la situaci贸n patrimonial del Ayuntamiento.
  • Por lo que se refiere a la legalidad, la actividad del ayuntamiento se desarrolla en general de acuerdo a la normativa vigente, aunque se observan incumplimientos contable-presupuestarios y en la contrataci贸n administrativa.
  • Sobre la situaci贸n econ贸mico-financiera el informe se帽ala que en 1999 el Ayuntamiento de Yesa tuvo un super谩vit de 9 millones y un remanente de tesorer铆a de 5,4 millones.
El informe de la C谩mara de Comptos incluye una serie de recomendaciones sobre la gesti贸n contable y de control interno del ayuntamiento. En este sentido, se considera necesario:

1)    Mejorar las t茅cnicas de presupuestaci贸n y la imputaci贸n de los conceptos de gastos en sus correspondientes cap铆tulos y utilizar el criterio de devengo en la contabilizaci贸n.

2)   Mejorar los procesos de informaci贸n para el seguimiento de gastos e inversiones, as铆 como optimizar la gesti贸n de deudores.

3)    Completar el sistema contable al objeto de que presente una visi贸n integral de la realidad municipal.

4)   Mejorar las t茅cnicas de presupuestaci贸n al objeto de que se cumplan realmente las previsiones contempladas en los presupuestos. Especialmente en el 谩rea de inversiones y transferencias corrientes.

5)  Establecer los procedimientos necesarios para la comprobaci贸n de la existencia de cr茅dito presupuestario suficiente antes de reconocer una obligaci贸n de gasto o realizar las modificaciones presupuestarias conforme a la legislaci贸n vigente, evitando reconocer obligaciones por importe superior al cr茅dito disponible como ocurre en los cap铆tulos de gastos de personal, transferencias corrientes y de capital.

6) Imputar adecuadamente cada concepto de gasto en su correspondiente cap铆tulo econ贸mico o como valores independientes del presupuesto y evitar la compensaci贸n de gastos e ingresos.

7)     Documentar adecuadamente los documentos contables.

8)     Regularizar la situaci贸n de la anterior secretaria del Ayuntamiento - por la que se sigue cotizando a la Seguridad Social- de acuerdo con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de agosto de 1999.

9)     Utilizar el criterio del devengo en la contabilizaci贸n de los intereses y amortizaci贸n de pr茅stamos bancarios.

10)  Establecer los procesos de informaci贸n necesarios para el seguimiento de los gastos e inversiones con financiaci贸n afectada por subvenciones recibidas: Gastos e ingresos para cada ejercicio de vigencia del proyecto con indicaci贸n de la partida e importe presupuestario y las obligaciones reconocidas y los derechos liquidados. 

2.- El 26 de marzo de 2013 la C谩mara de Comptos public贸 el informe de fiscalizaci贸n sobre el Ayuntamiento de Yesa, correspondiente al ejercicio de 2011[2], solicitado por el pleno municipal de la localidad.           

El informe se帽ala que

los gastos del ayuntamiento ascendieron a 313.000 euros y los ingresos sumaron 334.000 euros. En el cap铆tulo de gastos destacan los bienes corrientes y servicios, con 180.000 euros, y los 100.000 euros de personal. En cuanto a ingresos, las transferencias corrientes sumaron 123.000 euros, los impuestos directos 102.000 euros y las tasas y precios p煤blicos 76.000 euros.

la liquidaci贸n presupuestaria no incluye todos los gastos e ingresos del ejercicio, no cumple el principio de limitaci贸n de los cr茅ditos para gastos y el balance y cuenta de resultados presentan carencias, errores e inconsistencias relevantes en sus saldos.

existe una incorrecta justificaci贸n de subvenciones de los a帽os 2010 y 2011 por una cuant铆a de 84.000 euros, lo que genera incertidumbre sobre las consecuencias econ贸micas que se pudieran derivar.

 La C谩mara de Comptos considera y recomienda que el Ayuntamiento debe

1.      adoptar urgentemente las medidas oportunas dirigidas a un replanteamiento o revisi贸n general de todos sus procedimientos y herramientas administrativo-contables al objeto de garantizar su adecuado funcionamiento y su sujeci贸n a la normativa vigente.

2.      Analizar su capacidad para generar nuevos recursos ordinarios y mejorar sustancialmente la gesti贸n sobre la liquidaci贸n y el cobro de los impuestos y tasas.

3.      Debe, ante el deficiente funcionamiento de sus mecanismos de control interno,  implantar sistema de control adaptado a la realidad municipal que solvente las graves deficiencias observadas.

4.      Debe urgentemente regularizar la situaci贸n detectada en la justificaci贸n de subvenciones recibidas.

5.      Aprobar el presupuesto general 煤nico del ayuntamiento en el plazo y con el contenido establecido en la legislaci贸n vigente.

6.      Aprobar la cuenta general del ayuntamiento en el plazo establecido en la legislaci贸n vigente.

7.      Revisar y analizar el funcionamiento de la gesti贸n municipal en el 谩rea econ贸mica y contable, buscando alternativas a la actual situaci贸n por la v铆a de la colaboraci贸n externa y/o de la asociaci贸n con otros ayuntamientos.

8.      Comprobar la existencia de cr茅dito presupuestario y aplicar, en su caso, las preceptivas figuras de modificaciones presupuestarias.

9.      Registrar adecuadamente cada gasto atendiendo a su propia naturaleza econ贸mica y al ejercicio de su devengo.

10.   Toda disposici贸n de fondos de las cuentas corrientes debe hacerse de forma conjunta mediante dos firmas.

11.   Adjuntar la justificaci贸n oportuna debidamente conformada a cada documento contable.

12.   Aplicar estrictamente los principios de imputaci贸n presupuestaria para los gastos devengados en el ejercicio.

13.   Acompa帽ar al presupuesto de unas bases de ejecuci贸n que, entre otros aspectos, regulen el procedimiento aplicable para las compras y el resto de contrataciones.

14.   Adecuar los tipos de la contribuci贸n territorial a la normativa vigente.

15.   Confeccionar unos censos de contribuyentes o bases de datos por figura tributaria al objeto de disponer de la informaci贸n de todos los sujetos pasivos y de verificar, posteriormente, la razonabilidad de los roldes/padrones y recibos girados.

16.   Elaborar y liquidar los padrones dentro del ejercicio en que se devengue el correspondiente hecho imponible.

17.   Iniciar los tr谩mites de la gesti贸n de cobro de los impuestos y tasas con el suficiente plazo temporal al objeto de que su cobro se impute fundamentalmente al a帽o de su devengo.

18.   Implantar herramientas de apoyo y procedimientos de gesti贸n de ingresos que permita garantizar la razonabilidad de los recibos emitidos y de su seguimiento contable.

19.   Desglosar y contabilizar de forma separada los ingresos por tasas de agua propiamente de los impuestos y canon que gravan dicho consumo.

20.   Efectuar una adecuada gesti贸n de cobros sobre las cantidades pendientes, as铆 como revisar la razonabilidad de sus saldos.

21.   Aplicar los recargos previstos en la legislaci贸n vigente para los impuestos no cobrados dentro del plazo voluntario y utilizar de forma peri贸dica y sistem谩tica la v铆a de apremio.

22.   Realizar un inventario comprensivo de los bienes propiedad del ayuntamiento, actualiz谩ndolo permanentemente y vincularlo con la contabilidad.

23.   Analizar y revisar los estados contables que proporciona la aplicaci贸n inform谩tica, verificando su consistencia y representatividad.

24.   Concluir los tr谩mites para dotar de un nuevo planeamiento urban铆stico acorde con la realidad actual del municipio.

25.   Elaborar y gestionar el registro e inventario del Patrimonio Municipal del Suelo.

26.   Adoptar los acuerdos oportunos para disolver y liquidar la Sociedad Urban铆stica Municipal de Yesa S.L

 3.- En el informe de 2013, del an谩lisis efectuado sobre las subvenciones recibidas por el ayuntamiento de otras administraciones p煤blicas –concluye la C谩mara de Comptos- se observa una pr谩ctica irregular con presuntos falseamientos tanto de documentos mercantiles como de la documentaci贸n justificativa aportada.

En este sentido, el ayuntamiento ha obtenido fondos de manera irregular tanto del Gobierno de Navarra como del Estado. En cuanto al Gobierno de Navarra, dichas irregularidades corresponden a una subvenci贸n del Plan de Inversiones de 46.000 euros y otra del Servicio Navarro de Empleo de 10.000 euros. Respecto a la del Estado, se trata de 27.000 euros del llamado Plan 2010. 

Con las evidencias encontradas, el Ayuntamiento de Yesa en calidad de acusaci贸n, inicia un procedimiento judicial contra los responsables de estas pr谩cticas econ贸micas irregulares: los entonces Alcalde -Jose Antonio Aquerreta- y Secretario – Mart铆n Taboada y varias empresas.

 El 23 de mayo de 2023, el exsecretario del Ayuntamiento de Yesa junto con otros tres empresarios de la zona, fueron condenados de conformidad en la Secci贸n Primera de la Audiencia Provincial de Navarra por haber falsificado documentos p煤blicos para obtener subvenciones del Plan E de Zapatero, del Servicio Navarro de Empleo y del Plan de Inversiones del Gobierno de Navarra.[3]

FUNDAMENTACI脫N JUR脥DICA

Se plantea esta moci贸n para solicitar, a la C谩mara de Comptos de Navarra, una auditor铆a de la gesti贸n econ贸mica y financiera del Ayuntamiento de Yesa, a partir de la consideraci贸n de la legislaci贸n vigente; en particular:

w  la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R茅gimen Local. Art铆culo 46 Punto 2 e)[4] y Art铆culo 115[5];

w  la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administraci贸n Local de Navarra. Art铆culos 274[6], 316[7], 347[8] y 348[9] y

w  el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el r茅gimen jur铆dico del control interno en las entidades del Sector P煤blico Local. Art铆culos 33[10] y 34[11].

MOCI脫N AL PLENO MUNICIPAL DE YESA

De la consideraci贸n de los fundamentos jur铆dicos y a la vista de los informes de 1999 y 2011, el Grupo Municipal “Yesa Avanza” propone, al Pleno del Ayuntamiento de Yesa, someter a debate y votaci贸n la necesidad de solicitar a la C谩mara de Comptos de Navarra una auditor铆a p煤blica externa de la gesti贸n econ贸mica y financiera presupuestaria, patrimonial y legal que abarque -como m铆nimo las dos 煤ltimas legislaturas- del Ayuntamiento de Yesa.

Ser铆a conveniente e higi茅nico, realizar una auditor铆a externa de gesti贸n econ贸mica–financiera del Ayuntamiento de Yesa que

·        ofrezca un punto de vista imparcial y objetivo de la misma, y que adem谩s, de validez y credibilidad a las actuaciones desarrolladas.

·        determine el grado de cumplimiento de las obligaciones legales de la entidad local.

·        proporcione informaci贸n 煤til para la mejora de la gesti贸n municipal. 

·        permita descubrir errores y debilidades en la gesti贸n que no se estaban teniendo en cuenta y, consecuentemente, corregirlos.

·        aporte informaci贸n para mejorar la planificaci贸n y la toma de decisiones.

·        y facilite el Buen Gobierno y una gesti贸n municipal basada en la eficiencia, en la transparencia y fiabilidad de la informaci贸n econ贸mico-financiera y en la legalidad.

Los principales objetivos de la Auditor铆a Externa demandada ser铆an:

a)      determinar, objetiva e imparcialmente, en qu茅 medida se han subsanado los errores e irregularidades en la gesti贸n econ贸mica y financiera expuestos en los Informes de la C谩mara de Comptos – en particular, los enumerados en el documento fechado en 2011; m谩s all谩 de la depuraci贸n de responsabilidades en la gesti贸n de subvenciones y ayudas.

b)     revisar y verificar la informaci贸n y documentaci贸n contable para comprobar su adecuaci贸n a la normativa contable y en su caso presupuestaria que le sea de aplicaci贸n. 

c)       verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gesti贸n econ贸mico-financiera se han desarrollado de conformidad con las normas que les son de aplicaci贸n. 

d)     examinar las operaciones y procedimientos del Ayuntamiento para proporcionar una valoraci贸n independiente de su racionalidad econ贸mico-financiera y su adecuaci贸n a los principios de la buena gesti贸n, a fin de detectar sus posibles deficiencias y proponer las recomendaciones oportunas en orden a la correcci贸n de aqu茅llas.

VOTACI脫N DE LA MOCI脫N POR EL PLENO MUNICIPAL DE YESA

En la sesi贸n ordinaria del Pleno Municipal del 11 de octubre se incluy贸 esta propuesta.

Resultado de la votaci贸n:
  • Votos a favor: Gabriela Orduna, Ana Garc铆a y Maika Mu帽oz. 
  • Votos en contra: Roberto Martinez, Carlos Mena, Idoia Iba帽ez e Iker Trebol.



[4] Art铆culo 46 Punto 2 e): En los plenos ordinarios la parte dedicada al control de los dem谩s 贸rganos de la Corporaci贸n deber谩 presentar sustantividad propia y diferenciada de la parte resolutiva, debi茅ndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento y, en su caso, en su regulaci贸n, la participaci贸n de todos los grupos municipales en la formulaci贸n de ruegos, preguntas y mociones.

[5] Art铆culo 115: La fiscalizaci贸n externa de las cuentas y de la gesti贸n econ贸mica de las entidades locales corresponde al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece la Ley Org谩nica que lo regula, y sin perjuicio de los supuestos de delegaci贸n previstos en la misma.

[6] Art铆culo 274: La fiscalizaci贸n externa de las cuentas y de la gesti贸n econ贸mica de las entidades locales de Navarra y de todos los organismos y sociedades de ellas dependientes se realizar谩 por la C谩mara de Comptos, de conformidad con lo dispuesto en el T铆tulo Noveno, Cap铆tulo II, Secci贸n Cuarta, de esta Ley Foral , sin perjuicio de las actuaciones a que haya lugar en relaci贸n con la materia de acuerdo con el ordenamiento jur铆dico vigente.

[7] Art铆culo 316: La fiscalizaci贸n externa de las cuentas y de la gesti贸n econ贸mica de las entidades locales de Navarra y de todos los organismos y sociedades de ellas dependientes se realizar谩 por la C谩mara de Comptos de conformidad con lo dispuesto en el titulo IX, capitulo II, secci贸n 4., de esta Ley Foral, sin perjuicio de las actuaciones a que haya lugar en relaci贸n con la materia, de acuerdo con el ordenamiento jur铆dico vigente. Este art铆culo qued贸 sin contenido desde la aprobaci贸n de la Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, para la actualizaci贸n del r茅gimen local de Navarra . 

[8] Art铆culo 347:

1. De conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 18.2 de la Ley Org谩nica de Reintegraci贸n y Amejoramiento del R茅gimen Foral de Navarra , la C谩mara de Comptos informar谩 sobre las cuentas y la gesti贸n econ贸mica de las corporaciones locales de Navarra.

2. La referida informaci贸n se ejercer谩 de conformidad con la Ley Foral reguladora de la C谩mara de Comptos. Atender谩 fundamentalmente a criterios de legalidad, eficacia y econom铆a en la gesti贸n de los fondos p煤blicos y podr谩 versar sobre las cuentas anuales, sobre dicha gesti贸n global o sobre aspectos concretos de la misma.

[9] Art铆culo 348: La labor fiscalizadora de la C谩mara de Comptos se ejercer谩 mediante:

a) El examen y revisi贸n de las cuentas de las entidades locales.

b) La emisi贸n de los informes de fiscalizaci贸n que la C谩mara de Comptos, por propia iniciativa y de acuerdo con su programa de actuaci贸n, estime oportuno realizar.

c) La realizaci贸n de informes que les sean solicitados por el Pleno de la entidad local respectiva siempre que as铆 lo acuerden, al menos, dos terceras partes de sus miembros. En este supuesto, la actuaci贸n de la C谩mara de Comptos tendr谩 la amplitud que 茅sta estime oportuno y se llevar谩 a cabo en coordinaci贸n con su programa de fiscalizaci贸n.

[10] Art铆culo 33. Ejecuci贸n de las actuaciones de auditor铆a p煤blica.

1. Las actuaciones de auditor铆a p煤blica se someter谩n a las normas de auditor铆a del sector p煤blico aprobadas por la Intervenci贸n General de la Administraci贸n del Estado y a las normas t茅cnicas que las desarrollen, en particular, en los aspectos relativos a la ejecuci贸n del trabajo, elaboraci贸n, contenido y presentaci贸n de los informes, y colaboraci贸n de otros auditores, as铆 como aquellos otros aspectos que se consideren necesarios para asegurar la calidad y homogeneidad de los trabajos de auditor铆a p煤blica.

2. El 贸rgano interventor comunicar谩 por escrito el inicio de las actuaciones al titular del servicio, 贸rgano, organismo o entidad auditada. Cuando los trabajos de auditor铆a incluyan actuaciones a desarrollar dentro del 谩mbito de actuaci贸n de otro 贸rgano de control, se comunicar谩 el inicio de las actuaciones al titular de dicho 贸rgano de control.

Asimismo, en aquellos casos en que sea necesario realizar actuaciones en otros servicios, 贸rganos, organismos o entidades p煤blicas distintas de los que son objeto de la auditor铆a, se comunicar谩 al titular de dicho servicio, 贸rgano, organismo o entidad.

3. Las actuaciones de auditor铆a p煤blica se podr谩n desarrollar en los siguientes lugares:

a) En las dependencias u oficinas de la entidad auditada.

b) En las dependencias u oficinas de otras entidades o servicios en los que exista documentaci贸n, archivos, informaci贸n o activos cuyo examen se considere relevante para la realizaci贸n de las actuaciones.

c) En los locales de firmas privadas de auditor铆a cuando sea necesario utilizar documentos soporte del trabajo realizado por dichas firmas de auditor铆a por encargo de las entidades auditadas.

d) En las dependencias del 贸rgano interventor encargado de la realizaci贸n de dichas actuaciones.

4. Para la aplicaci贸n de los procedimientos de auditor铆a podr谩n desarrollarse las siguientes actuaciones:

a) Examinar cuantos documentos y antecedentes de cualquier clase afecten directa o indirectamente a la gesti贸n econ贸mico financiera del 贸rgano, organismo o ente auditado.

b) Requerir cuanta informaci贸n y documentaci贸n se considere necesaria para el ejercicio de la auditor铆a.

c) Solicitar la informaci贸n fiscal y la informaci贸n de Seguridad Social de los 贸rganos, organismos y entidades p煤blicas que se considere relevante a los efectos de la realizaci贸n de la auditor铆a.

d) Solicitar de los terceros relacionados con el servicio, 贸rgano, organismo o entidad auditada informaci贸n sobre operaciones realizadas por el mismo, sobre los saldos contables generados por 茅stas y sobre los costes, cuando est茅 previsto expresamente en el contrato el acceso de la administraci贸n a los mismos o exista un acuerdo al respecto con el tercero. Las solicitudes se efectuar谩n a trav茅s de la entidad auditada salvo que el 贸rgano de control considere que existen razones que aconsejan la solicitud directa de informaci贸n.

e) Verificar la seguridad y fiabilidad de los sistemas inform谩ticos que soportan la informaci贸n econ贸mico-financiera y contable.

f) Efectuar las comprobaciones materiales de cualquier clase de activos de los entes auditados, a cuyo fin los auditores tendr谩n libre acceso a los mismos.

g) Solicitar los asesoramientos y dict谩menes jur铆dicos y t茅cnicos que sean necesarios.

h) Cuantas otras actuaciones se consideren necesarias para obtener evidencia en la que soportar las conclusiones.

[11] Art铆culo 34. Colaboraci贸n en las actuaciones de auditor铆a p煤blica.

1.A propuesta del 贸rgano interventor, para la realizaci贸n de las auditor铆as p煤blicas las Entidades Locales podr谩n recabar la colaboraci贸n p煤blica o privada en los t茅rminos se帽alados en los apartados siguientes.

Con el objeto de lograr el nivel de control efectivo m铆nimo previsto en el art铆culo 4.3 de este Reglamento se consignar谩n en los presupuestos de las Entidades Locales las cuant铆as suficientes para responder a las necesidades de colaboraci贸n.

2. Para realizar las actuaciones de auditor铆a p煤blica, las Entidades Locales podr谩n recabar la colaboraci贸n de otros 贸rganos p煤blicos y concertar los Convenios oportunos.

3. Asimismo, la Entidad Local podr谩 contratar para colaborar con el 贸rgano interventor a firmas privadas de auditor铆a que deber谩n ajustarse a las instrucciones dictadas por el 贸rgano interventor.

Los auditores ser谩n contratados por un plazo m谩ximo de dos a帽os, prorrogable en los t茅rminos establecidos en la legislaci贸n de contratos del sector p煤blico, no pudiendo superarse los ocho a帽os de realizaci贸n de trabajos sobre una misma entidad a trav茅s de contrataciones sucesivas, incluidas sus correspondientes pr贸rrogas, ni pudiendo a dichos efectos ser contratados para la realizaci贸n de trabajos sobre una misma entidad hasta transcurridos dos a帽os desde la finalizaci贸n del per铆odo de ocho.

Las sociedades de auditor铆a o auditores de cuentas individuales concurrentes en relaci贸n con cada trabajo a adjudicar no podr谩n ser contratados cuando, en el mismo a帽o o en el a帽o anterior a aquel en que van a desarrollar su trabajo, hayan realizado o realicen otros trabajos para la entidad, sobre 谩reas o materias respecto de las cuales deba pronunciarse el auditor en su informe.

13/10/23

Acta de la sesi贸n ordinaria del 4 de agosto de 2023

 Pincha en este enlace para consultar el acta de la sesi贸n del 4 de agosto, aprobada (4 votos a favor y 3 en contra) en sesi贸n del 11 de octubre

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